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ERTEs por fuerza mayor: prorrogados

Los ERTE por fuerza mayor han quedado prorrogados hasta el 31 de enero de 2021

ERTEs por fuerza mayor: prorrogados

Todos los ERTE por causa de fuerza mayor que se encontraban vigentes a 30 de septiembre de 2020 han quedado prorrogados de forma automática hasta el 31 de enero de 2021. A estos efectos, tenga en cuenta:

  • Si su empresa se encuentra en esta situación, no debe realizar ninguna gestión para prorrogar el ERTE.
  • Eso sí, antes del 20 de octubre debe volver a presentar ante el SEPE la solicitud colectiva de la prestación por desempleo en nombre de sus trabajadores. 

Respecto a las exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social, podrá seguir aplicándolas en los siguientes casos:

  • Si la actividad de su empresa está incluida en el listado de actividades publicado en la ley (por ejemplo un hotel, una agencia de viajes o una empresa de artes gráficas).
  • Si su negocio depende indirectamente de empresas dedicadas a esas actividades (por ejemplo, un restaurante situado dentro de un hotel)
  • O si i su facturación durante 2019 se generó al menos en un 50% en operaciones realizadas con dichas empresas

Pulse aquí para acceder al Real Decreto-Ley que regula estas medidas, y en el que encontrará el listado de actividades que dan derecho a exoneraciones en la cotización

 

 

Nuestros profesionales le asesorarán en todas las cuestiones relacionadas con el ámbito laboral

 

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  • Derecho de información, acceso, de rectificación, de oposición, de supresión ("al olvido"), de limitación del
    tratamiento, de portabilidad, de no ser objeto de decisiones individuales automatizadas.
  • Recuerde que ejercitar sus derechos es gratuito. También puede usted presentar una reclamación ante la
    autoridad de control.

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